martes, 24 de febrero de 2009

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo Europeo, está habilitado para recibir de los ciudadanos de la Unión Europea (UE) o de las personas físicas o jurídicas, toda queja relativa al mal funcionamiento de las instituciones o de los organismos comunitarios (con excepción del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia).

El Defensor es nombrado por el Parlamento Europeo después de cada elección y para toda la duración de la legislatura. Trabaja en Estrasburgo.
Se ha señalado que la efectividad de esta figura queda limitada por la incapacidad de sancionar las actuaciones de la administración, autoridades e instituciones a las que se dirige. Se puede decir por tanto que su capacidad de control tiene un carácter más político que judicial. Habitualmente no tiene potestad sancionadora.

En algunos países, el Defensor del Pueblo tiene capacidad para presentar acciones o recursos ante la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional, en su caso. Sin embargo, por lo general, es una atribución muy poco utilizada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario