La UE se basa en los Tratados Constitutivos (Tratado de París, mientras existió la CECA, y Tratados de Roma) y los Tratados y Actas que los modifican (Bruselas, Acta Única Europea, Maastricht, Amsterdam, Niza y los sucesivos Tratados de Adhesión) que fijan sus normas de funcionamiento y actuación. Este nuevo documento (conocido técnicamente como "Tratado constitucional") reemplazaría dichos tratados y sería similar a la constitución de un país.
El 12 de enero de 2005, el Parlamento Europeo aprobó una resolución por 500 votos a favor, 137 en contra y 40 abstenciones, en la que recomendó a los Estados miembros que ratificaran la Constitución.
En algunos países, el tratado fue sometido a referéndum que tuvo resultados distintos y mientras en España los electores lo aprobaron con una baja participación (44%) en Francia y Holanda con una alta participación (69 y 63%, respectivamente) fue rechazado, lo que provocó una crisis institucional europea.
Definir la Unión Europea como una unión de estados y ciudadanos con unos derechos fundamentales.
Reparto de competencias mejorado:
Reforzamiento del Parlamento (aunque sigue siendo eminentemente consultivo) y la Comisión europea.
La presidencia del Consejo será permanente, en periodos de 2 años y medio que se pueden prolongar una sola vez.
Creación del cargo de ministro de Relaciones Exteriores de la Unión Europea.
Avances en la libertad, seguridad y justicia comunes.
Referéndum europeo.
Simplificar: Los vetos han supuesto el principal escollo para la integración. El Tratado mantiene la unanimidad en la fiscalidad, política exterior y asuntos sociales, pero no será necesaria en justicia e interior, medio ambiente, mercado interior y transportes. Sin embargo el Tratado deja la posibilidad de eliminar la unanimidad en uno u otro punto si así lo decide el voto a favor de todo el Consejo de la UE.
Cambio del sistema de voto establecido en el Tratado de Niza, concediendo más poder a los países con más población.